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El Plan de Composición (en lo adelante referido indistintamente como “Plan de Composición” o “Plan de Pago”), es presentado por Cartera de Inversiones Venezolanas, C.A. (“CIVCA”), accionista principal del Banco del Orinoco N.V. (“BDO” o el “Banco”), para buscar una solución definitiva y equitativa para los acreedores deL Banco. El Plan de Composición busca facilitar una liquidación ordenada de BDO y permitir que sus acreedores recuperen sus inversiones, a pesar de los desafíos planteados por el entorno internacional.

 

El Plan de Composición fue presentado el 27 de noviembre de 2024, y sometido a votación en Asamblea de Acreedores de fecha 06 de diciembre de 2024. Actualmente, el Plan de Composición está siendo ofrecido por CIVCA de manera voluntaria como Plan de Pago a todos los acreedores de BDO

DOCUMENTOS DE INTERÉS SOBRE EL PLAN DE COMPOSICIÓN

El Plan de Pago presentado es una propuesta para una liquidación ordenada del Banco, ofreciendo una solución equitativa para todas las partes involucradas. A pesar de los desafíos del entorno internacional, este plan busca que los acreedores recuperen sus inversiones mediante un mecanismo de pago alternativo.

El Composition Plan propone un intercambio de las acreencias por un Certificado de Participación (CPCNP), que representa un porcentaje de una cartera de crédito compuesta por "Notas Promisorias".

Este Plan de Pago ha sido diseñado para ser lo más expedito posible, evitando demoras bancarias. El principal accionista de CIVCA ha mostrado un compromiso para encontrar una solución, y ha tomado en cuenta alternativas legales para resolver reclamos. Este plan se presenta como una vía factible para la liquidación del BDO, ofreciendo certeza y una alternativa para recuperar las inversiones.

  • ¿En qué consiste el plan de pago?
    CIVCA ofrece a los acreedores del BDO el pago y/o la liquidación de sus créditos mediante una participación en una “Cartera de Notas Promisorias”, emitidas por determinadas empresas líderes en varios sectores tales como Petróleo y Gas, construcción y desarrollos inmobiliarios. En este sentido, CIVCA cede al cobro o por mandato, mediante un endoso conforme con lo previsto en el artículo 426 del Código de Comercio venezolano, con prohibición de nuevo endoso en tal carácter, a la sociedad Polanco, Azuaje y Mármol, S.C. (en adelante “Polanco, Azuaje y Mármol”), firma de abogados constituida en Caracas, un conjunto de “Notas Promisorias” a la orden, en lo sucesivo la “Cartera de Notas Promisorias”. Las empresas emisoras de las “Notas Promisorias” endosadas al cobro, son empresas de reconocida trayectoria, con un historial de logros de muchos años en sus respectivos sectores. Estas empresas tienen un buen potencial de crecimiento y generación de beneficios. Las empresas han sido auditadas y certificadas por firmas internacionales de primer nivel, y cuentan con la siguiente información financiera: (i) Estados Financieros auditados emitidos por MGI P&P Asociados miembro de MGI Worldwide; (ii) Flujo de Caja Proyectado entre 1º de enero de 2025 y 31 de diciembre de 2029 con el respectivo Informe sobre la información Financiera Prospectiva emitidos por MGI P&P Asociados miembro de MGI Worldwide, y (iii) Certificación de Capacidad Técnica emitida por Deloitte Touche C.A. CIVCA cederá a cada acreedor común del BDO una participación sobre el conjunto de sus derechos de crédito derivados la “Cartera de Notas Promisorias”, a cambio de la cesión por el respectivo acreedor común del BDO a CIVCA de su acreencia frente a este. Como consecuencia de dicha cesión y canje, el respectivo acreedor sustituirá su acreencia en la quiebra por una participación en la cartera endosada. El acreedor recibirá un “Certificado de Participación en la Cartera de Notas Promisorias” (CPCNP), con las siguientes características: a) Los “CPCNP” serán negociables y se emitirán en dos (2) series. b) Los “CPCNP” de la Serie “A” tendrán un derecho preferente de cobro de su “CPCNP”, sobre los certificados “CPCNP” de la Serie “B”. Los certificados de la serie “B” sólo serán adquiridos por CIVCA, de manera que todos los acreedores distintos a CIVCA cobrarán su certificado con preferencia. c) La participación individual de cada acreedor cedente será determinada en atención al valor en libros de la acreencia que cederá a CIVCA a través de su mandatario “Polanco, Azuaje y Mármol”, y al valor nominal de la cartera endosada. d) Producto de la firma del Contrato de Cesión y Canje, CIVCA se subrogará en los derechos del respectivo acreedor en la quiebra del BDO; (ii) se extinguirá toda relación existente entre BDO y el acreedor que suscriba dicho documento; (iii) dicho acreedor renuncia, en forma definitiva y para siempre, intentar cualquier reclamación, por cualquier causa, incluso de naturaleza extracontractual que pudiera tener contra el BDO, sus gerentes, administradores, directivos, y accionistas, relacionadas con las acreencias cedidas en canje por su participación en la cartera endosada.
  • ¿Cuáles son las empresas emisoras de los títulos que forman parte del plan de pago?
    Environmental Solutions de Venezuela, C.A. (ESVENCA): Empresa del sector petrolero con amplia experiencia en servicios técnicos especializados para la industria del petróleo y gas, incluyendo fluidos de perforación y mantenimiento de pozos. Asfálticos Venezolanos ASFAVENCA, C.A.: Empresa del sector petrolero dedicada a la producción de solventes industriales a través de la refinación y destilación de hidrocarburos. Cartera de Inversiones Petroleras CIP, C.A.: Empresa del sector petrolero accionista en un campo petrolero y gasífero, con reservas de crudo mediano y gas. Grupo Parque Habitat: Empresa del sector inmobiliario y construcción con experiencia en proyectos residenciales y empresariales.
  • ¿Las empresas emisoras han sido auditadas por una firma de auditores independientes?
    Si, las empresas cuentan con Estados Financieros auditados emitidos por la firma internacional MGI P&P Asociados y adicionalmente cuentan con una certificación de capacidad técnica emitida por Deloitte & Touche C.A.
  • ¿Cuáles son las ventajas de este Plan de Pago?
    Las principales ventajas son: Ofrece una alternativa para la liquidación. Prioriza la protección de los pequeños acreedores, con la opción de recibir sus sumas en efectivo. Reduce los costos de transacción. Permite la negociación de instrumentos en mercados secundarios. Presenta alternativas legales para resolver reclamos, a pesar de las sanciones. Busca una liquidación expedita, evitando demoras bancarias.
  • ¿Qué es una "Nota Promisoria" en el contexto de este plan?
    Una Nota Promisoria es un tipo de instrumento de deuda, donde una empresa se compromete a pagar una cantidad específica de dinero a un tenedor en una fecha futura. En este plan, las Notas Promisorias son emitidas por varias compañías y forman parte de la cartera de crédito que respalda el Certificado de Participación (CPCNP)
  • ¿Cómo se pueden canjear los CPCNP en el mercado secundario?
    Los Certificados de Participación (CPCNP) son negociables y transferibles. Esto significa que existe la posibilidad de negociar estos instrumentos en mercados secundarios antes de su vencimiento. El mercado secundario permite a los tenedores de CPCNP obtener liquidez más rápidamente al canjear sus certificados originales por nuevos certificados con un plazo de pago más corto, por un valor nominal menor.
  • ¿Cómo es el proceso de canje en el mercado secundario?
    Todos los detalles relativos a este proceso de negociación y canje se anunciarán próximamente.
  • ¿Quién está a cargo de gestionar la cartera de crédito y realizar los pagos?
    La firma de abogados Polanco Azuaje y Mármol, S.C., ha sido designada para gestionar la cartera de crédito, mantenerla bajo custodia y recibir los pagos de las empresas. Esta firma también abrirá una cuenta en un banco venezolano de prestigio para recibir los pagos y luego distribuir los fondos a los acreedores.
  • ¿Cuánto tiempo tomará recuperar mi inversión si es menor a 10.000 USD?
    El plan da especial atención y protección a los pequeños acreedores, ofreciéndoles la opción de obtener sus sumas en efectivo con el vencimiento de sus Notas Promisorias en el lapso de un año.
  • ¿Cuánto tiempo tomará recuperar mi inversión si es mayor a 10.000 USD?
    El plan establece que el vencimiento de las Notas Promisorias es al final del quinto año desde su emisión. La recuperación de la inversión se hará a través del Certificado de Participación (CPCNP), el cual es un derecho sobre la cartera de crédito y pagadero en dólares de los Estados Unidos de América (USD).
  • ¿Qué pasa si las empresas no cumplen con sus pagos?
    CIVCA se constituirá como fiador mercantil solidario y principal pagador de las obligaciones derivadas de cada una de las "Notas Promisorias" que integran la cartera endosada. La garantía se mantendrá vigente hasta que se materialice el pago total, incluyendo capital, intereses moratorios y gastos de cobranza. A todo evento, el plan incluye alternativas legales y adecuadas para la solución de reclamos.

Es importante que los inversionistas revisen detenidamente los Documentos del Plan de Pagp para tomar decisiones informadas.

Contáctenos para información adicional

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